PENSAMIENTO

SI LA EDUCACIÓN TRANSFORMA, ES EDUCACIÓN. . . Fotos de Samayac

jueves, 13 de octubre de 2011

Marco Legal en Educación de Guatemala

Marco Legal de Guatemala

Marco Referencial
Marco Legal
     La Constitución Política de la República, del 31 de mayo de 1985 establece, entre otros elementos, el Derecho a la Educación inicial, preprimaria, primaria y básica y la Obligación del Estado de proporcionar y facilitar la Educación de sus habitantes.
     La Ley de Educación Nacional, Decreto 12-91, establece como principios que la educación es un derecho inherente a las personas y obligación del Estado, El respeto a la dignidad de la persona humana, el educando como centro del proceso educativo y la orientación al desarrollo y perfeccionamiento humano.

Acuerdos y Compromisos
     Los Acuerdos de Paz, en particular el de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas y el de Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, impulsan el proceso de Reforma Educativa, el cual subraya la profesionalización docente, la transformación curricular, la educación bilingüe, programas de apoyo y cobertura educativa.
     Las Cumbres Presidenciales, los Foros y Acuerdos Internacionales establecen compromisos en materia educativa, tales como ampliar la cobertura, la calidad y acceso a los servicios educativos para mujeres, habitantes rurales, personas con discapacidad, capacitación para el trabajo y mejorar el gasto en educación.

POR UN MARCO LEGAL ACTUALIZADO
     El ordenamiento jurídico de un país es el pacto entre el Estado y la sociedad, sus cuidadanas y ciudadanos. Se establece por medio del debate y con la aprobación de los Representantes del Pueblo en la Constituyente y el congreso de la República.
     La Constitución de 1985 sentó las bases para edificar en Guatemala un Estado democrático, cuya finalidad es la protección de las personas, de las familias y la realización del bien común. Por ello plasmó el compromiso nacional con los Derechos Humanos y definió un conjunto de instituciones para garantizarlos. Seis años más tarde, para fortalecer el derecho a la educación, con los mismo anhelos democráticos se promulgó la Ley de Educación Nacional (Dto.12-91)
     En los Acuerdos de Paz Firme y Duradera suscritos en 1996, se reconoce la importancia de la educación y se destaca la necesidad impostergable de que sea adecuada a las características multiculturales de nuestro país y que las familias y comunidades tengan mayor protagonismo en sus procesos. Aportes derivados del proceso de paz, como el Diseño de Reforma Educativa, los Diálogos y Consensos para la Reforma Educativa, el Plan Nacional de Educación 2004-2023, y otras iniciativas, como Visión Educación, expresan valiosos acuerdos sociales para mejorar la educación nacional.
     Para cumplir mandatos constitucionales (promover la superación económica, social y cultural del magisterio nacional de Guatemala); fortalecer las condiciones para el cumplimiento de los compromisos de paz existentes (educación intercultural, impulso al desarrollo del país) y armonizar la legislación educativa con otras leyes generales (las leyes sociales de descentralización, Consejos de Desarrollo y Código Municipal); el MINEDUC ha propuesto reformar La Ley de Educación Nacional. Es fundamental definir con claridad las atribuciones y funciones de cada actor del sistema educativo para lograr el modelo de gestión descentralizado y participativo que manda la Constitución de la República.
     Es indispensable fomentar e institucionalizar la participación de la comunidad educativa que demandan los Acuerdos de Paz, para lograr una educación de calidad, que satisfaga sus necesidades y aspiraciones, mediante la definición de su propio proyecto escolar para aumentar la cobertura educativa y mejorar la pertinencia en los estudiantes.
     Es necesario que los centros educativos públicos le ofrezcan a toda la población guatemalteca la oportunidad de completar la educación básica a la que tiene derecho, mediante procedimientos que permitan ampliar los grados que atiende o la integración de varios establecimientos como un solo centro educativo hasta cubrir, por lo menos, el tercer curos de ciclo de educación básica de nivel medio.
     Es fundamental introducir en el Sistema Educativo Guatemalteco el eje transversal de la educación intercultural para todas y todos, al tiempo que se debe fortalecer la educación bilingüe, para garantizar el respeto a la identidad y los derechos de todos los pueblos de nuestro país, Artículo 58 del Decreto Legislativo No. 12-91 La Ley de Educación Nacional dice que “La educación en las lenguas vernáculas de la zonas de población indígena, será preeminente en cualesquiera de los niveles y áreas de estudio”.
     Para contar con más y mejor educación, es indispensable aumentar la calidad docente. Esto se logra mejorando los incentivos a la carrera docente, promoviendo la superación profesional, económica y social del magisterio mediante un sistema de incentivos que atraiga y permite retener los mejores, estimule desempeños de excelencia y motive a continuar trayectorias académicas vinculadas al aprendizaje de la niñez y la juventud Guatemalteca.
     Protegiendo los derechos mínimos de los docentes establecidos en el Estatuto Provisional de los Trabajadores del Estado, Capítulo de la Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional (Dto. 1485).
     Por último, es impostergable reconocer la función tan importante que desempeña el MINEDUC. En cada una de nuestras escuelas debe existir un fuerte liderazgo para alcanzar con éxito los objetivos del proyecto educativo de la comunidad y para ello es indispensable que existan profesionales especializados en la gestión de centros escolares. Deben ser recompensados por las altas responsabilidades que competen a la dirección de los centros educativos públicos.
La educación permite que todas las personas puedan desempeñarse social, cultural, política y económicamente y contribuir así al desarrollo de nuestro país Guatemala.
Una eduación para un país común con futuros.